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Catecismo de los Derechos Divinos en el Orden Social [4]
CUARTA LECCIÓN
Condiciones y sentido exacto de la Realeza de Jesucristo
- ¿Cuál es la condición fundamental de la Realeza Social de Jesucristo?
La condición esencial de la Realeza Social de Jesucristo es la voluntad formal de la Santísima Trinidad de dar a Jesucristo–Hombre un verdadero y absoluto poder real. No se trata aquí de los Derechos del Verbo de Dios, que son infinitos, sino de los Derechos y Poderes que Dios da a la Santa Humanidad asumida por el Verbo. - ¿Nos dio a conocer Dios su Voluntad a este respecto?
Sin ninguna duda. En la Encíclica “Quas Primas”, el Papa Pío XI nos da dos pruebas que indican la Voluntad divina sobre este tema. - ¿Cuáles son estas dos pruebas?
El Papa Pío XI expone así la primera prueba:
“San Cirilo de Alejandría nos describe acertadamente el fundamento de esta dignidad y de este poder de Nuestro Señor: ‘Posee Cristo el poder supremo sobre toda la creación, no por violencia ni por usurpación, sino en virtud de su misma esencia y naturaleza’. Es decir, la autoridad de Cristo se funda en la admirable unión hipostática.
De donde se sigue que Cristo no sólo debe ser adorado como Dios por los ángeles y por los hombres, sino que, además, los ángeles y los hombres deben sumisión y obediencia a Cristo en cuanto hombre; en una palabra, por el solo hecho de la unión hipostática, Cristo tiene potestad universal sobre la creación”.
Éste fue el pensamiento del Papa sobre el tema: la unión hipostática de la naturaleza humana con la persona del Verbo, confiere a la naturaleza humana asumida en Jesucristo, una dignidad tal que transciende toda otra dignidad de la que pueda ser revestida una naturaleza humana. No sería admisible ni aceptable que se pudiese poner al lado de la naturaleza humana asumida por el Verbo una dignidad que, en derecho, pudiera reclamar una superioridad sobre Cristo–Hombre. No sería admisible que un Príncipe, una Cámara legislativa, pudieran declararse
efectiva y jurídicamente superiores a Aquél que Dios ha revestido de la prerrogativa trascendente de la Unión hipostática. Éste es el fundamento primero y esencial del poder real atribuido a Jesucristo. - Exponga el segundo fundamento doctrinal de la Verdad enseñada por Pío XI.
Pío XI continúa diciendo:
“Por otra parte, ¿hay realidad más dulce y consoladora para el hombre que el pensar que Cristo reina sobre nosotros, no sólo por un derecho de naturaleza, sino además por un derecho de conquista adquirido, esto es, el derecho de redención? Ojalá los hombres olvidadizos recordasen el gran precio con que nos ha rescatado nuestro Salvador: Habéis sido rescatados… no con plata y oro corruptibles, sino con la Sangre preciosa de Cristo, ofrecido como cordero sin defecto ni mancha. Ya no somos nuestros, porque Cristo nos ha comprado a precio grande. Nuestros mismos cuerpos son ‘miembros de Cristo’”.
Y éste es el pensamiento del Papa. Toda creatura pertenece a Dios. El hombre se había perdido por el pecado y no tenía con qué pagar por él. Jesucristo, Verbo de Dios hecho Hombre, se encargó de pagar Él mismo esta deuda con su Sangre divina. A su vez, la Santísima Trinidad le dio, en recompensa, todo el género humano y toda creatura. Le concedió especialmente a Jesucristo el privilegio de formar un solo cuerpo y un todo con todos los hombres que se le uniesen por la gracia. - ¿Dio a conocer Jesucristo las intenciones de la Santísima Trinidad acerca de su Poder real?
Jesucristo, con majestad enteramente divina, ante el mundo entero y ante todos los siglos, declaró: “Todo poder me ha sido dado en el Cielo y sobre la tierra” (Mat. 28, 18). Obsérvese que el poder del que habla le ha sido dado, por lo tanto obtuvo este poder. En segundo lugar, nótese que le ha sido dado todo poder, por lo que no existe en la tierra ningún poder que no sea de Cristo. El poder le ha sido dado por la Santísima Trinidad; y por consiguiente, el poder de los Reyes, Príncipes y de toda autoridad constituida es poder de Cristo. Así nos lo explica San Pablo: “Non est potestas nisi a Deo”: “No hay potestad que no venga de Dios” (Rom. 13, 1). Éste es el origen del poder. Todo poder viene de Dios y no puede venir sino de Él. Todo poder ha sido confiado a Cristo; luego, todo poder
pasa por Cristo y de Él procede. - ¿Se puede deducir de lo dicho que Jesucristo ejerce un verdadero poder sobre toda sociedad?
La respuesta a esta pregunta es totalmente afirmativa. Primeramente, como lo dice el Papa León XIII, la autoridad pertenece esencialmente, como cosa propia, a toda sociedad. Sin autoridad no puede existir una sociedad. Toda Sociedad se rige por la autoridad. Si se establece una relación entre estas verdades, se debe concluir lo siguiente: la autoridad
que se halla en una sociedad o en un país determinados proviene de Jesucristo: de Él procede y de Él depende. Luego, esta autoridad es necesariamente de una naturaleza tal que debe estar sometida a Cristo. Por este hecho mismo, Jesucristo es el verdadero Rey de las Sociedades, cuya autoridad le pertenece. - El Papa Pío XI habla también de un poder legislativo, ejecutivo y judicial. ¿Cristo está revestido también de este triple poder?
Por supuesto, ya que no puede comprenderse un poder que no gozase de la prerrogativa de hacer leyes, juzgar y condenar. Este triple poder es una consecuencia necesaria de la autoridad de la que Jesucristo fue revestido por Dios. - ¿Puede hablarse todavía de otra razón que justifique la Realeza Social de Jesucristo?
Sí; por la naturaleza misma de toda Sociedad, y especialmente de su finalidad, vemos una nueva prueba de la Realeza Social de Jesucristo sobre todo Orden Social. - ¿No es la autoridad la que establece el fin de la Sociedad?
Sin duda alguna. Reconocer que la autoridad existe en una sociedad es afirmar que esta autoridad debe conducir la sociedad hacia su fin. Este fin está determinado por la unión de las voluntades que tienden a realizarlo. El fin de una sociedad puede considerarse bajo su ángulo especial y propio. Este ángulo especial nunca podrá permitir que se
pierda de vista el fin sumo y último. Si, de hecho, la autoridad tiene por misión el conducir la Sociedad que gobierna hacia su fin, es evidente que la autoridad que procede de Cristo –y no es inútil insistir, toda autoridad
procede de Él– debe tener por fin último el mismo fin de la vida y muerte de Jesucristo. Es imposible que Jesucristo quisiera delegar a alguien una autoridad sobre la que no conservase su propia autoridad para lograr el fin de su Redención. Del mismo modo, le es imposible renunciar en lo más mínimo a la autoridad sobre los medios que debe emplear la Sociedad para alcanzar su fin, o sobre las voluntades que se han unido en Sociedad.
- Primera lección | El supremo dominio de Dios sobre toda la sociedad
- Segunda lección | Consecuencias necesarias de la condición de creatura que es esencial a toda sociedad
- Tercera lección | El supremo dominio de Jesucristo sobre toda la Sociedad y Nación
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